Tipo Marco normativo | Tipo de norma | Numero de norma | Denominación norma | Fecha de publicación en el diario oficial o fecha de dictación | Enlace a texto integro y actualizado | Modificaciones |
Norma Orgánica | Decreto exento | 66 | Reglamento Interno de estructura y organización | 12/01/2016 | Enlace | 1ra modificación: Decreto exento 297 del 26/01/2016 |
2da modificación: Decreto exento 934 del 05/04/2016 | ||||||
3ra modificación: Decreto exento 2416 del 08/10/2018 | ||||||
4ta modificación: Decreto exento 472 del 13/02/2019 | ||||||
5ta modificación: Decreto exento 1471 del 23/11/2020 | ||||||
6ta modificación: Decreto exento 1124 del 27/07/2021 |
Alcalde
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El Alcalde es la máxima autoridad de la municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. Ver más en Art. 56, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y Art. 4, Decreto exento Nº66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
El Alcalde tendrá las siguientes atribuciones:
a) Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad;
b) Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad… Ver más en los Art. 56, 63, 64, 65, 67, 68 de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Podrá ordenar, a petición del Director de Obras Municipales, la demolición de los edificios existentes…Ver más en los Art. 123 y 124 de la Ley N° General de Urbanismo y Construcciones.
Concejo Municipal
Concejo Municipal
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El Concejo Municipal tendrá carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local… Ver más en Art. 5, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Al Concejo le corresponderá:
a) Elegir al Alcalde, en caso de vacancia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62, para este efecto el concejal deberá acreditar cumplir con los requisitos especificados en el inciso segundo del artículo 57;
b) Pronunciarse sobre las materias que enumera el artículo 65 de esta ley. Los concejales presentes…Ver más en Art.79, 80 y 81, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Concejo Municipal
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El Concejo Municipal tendrá carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local… Ver más en Art. 5, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Al Concejo le corresponderá:
a) Elegir al Alcalde, en caso de vacancia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62, para este efecto el concejal deberá acreditar cumplir con los requisitos especificados en el inciso segundo del artículo 57;
b) Pronunciarse sobre las materias que enumera el artículo 65 de esta ley. Los concejales presentes…Ver más en Art.79, 80 y 81, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
COSOC
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.
El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad de Recoleta, en adelante también la Municipalidad, es un órgano asesor de ésta en el proceso de asegurar la participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural de la comuna… Ver más en Decreto exento N° 3019, de 25 de agosto de 2011, Aprueba Reglamento Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la comuna de Recoleta.
1er Juzgado de Policía Local
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Los Jueces de Policía Local serán designados por la Municipalidad que corresponda, a propuesta en terna de la Corte de Apelaciones respectiva… Ver en Art. 4, Ley 15.231, SOBRE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LOS JUZGADOS DE POLICIA LOCAL
Integran además la estructura de la Municipalidad el Primer y el Segundo Juzgado de Policía Local. Ver en Art. 3, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
2do Juzgado de Policía Local
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Los Jueces de Policía Local serán designados por la Municipalidad que corresponda, a propuesta en terna de la Corte de Apelaciones respectiva… Ver en Art. 4, Ley 15.231, SOBRE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LOS JUZGADOS DE POLICIA LOCAL
Integran además la estructura de la Municipalidad el Primer y el Segundo Juzgado de Policía Local. Ver en Art. 3, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Administración Municipal
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El Administrador Municipal será el colaborador directo del Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del Municipio, y en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal y ejercerá las atribuciones que señale el Reglamento Municipal y las que le delegue el Alcalde, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo... Ver más en Art. 30, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y Art. 12, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Secretaría Municipal
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La Secretaría Municipal tiene como objetivo apoyar la gestión administrativa del Alcalde…Ver más en Art. 16, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
La Secretaría Municipal estará a cargo de un secretario municipal que tendrá las siguientes funciones:
a) Dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del concejo.
b) Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales… Véase en el Artículo 20, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y Artículo 16, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Secretaría Comunal de Planificación
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La Secretaría Comunal de Planificación desempeñará funciones de asesoría del Alcalde y del Concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales...Ver más en Art. 21, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y Art. 21, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Dirección de Medio Ambiente Aseo y Ornato
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La unidad encargada del área medio ambiente, aseo y ornato tiene por objetivos velar por el aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna, el servicio de extracción de basura, la construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna, proponer…Ver más en Art. 53, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
A la unidad encargada de la función de medio ambiente, aseo y ornato corresponderá velar por:
a) El aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna;
b) El servicio de extracción de basura…Ver más en Art. 25, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Dirección de Obras Municipales
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La Dirección de Obras Municipales tendrá como objetivo velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las edificaciones en el territorio comunal y las construcciones y urbanizaciones que se ejecuten en la comuna... Ver más en el Artículo 24, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y Artículo 46, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
En aquellas propiedades que no cumplan con las disposiciones del Plan Regulador y que fueren parcialmente afectadas por siniestros, las Direcciones de Obras Municipales… Ver más en los artículos 123 y 124 de la Ley N° General de Urbanismo y Construcciones.
Dirección de Control
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La Dirección de Control tendrá como objetivo controlar la legalidad de los actos administrativos, contables, financieros y jurídicos de la Municipalidad, procurando la máxima eficiencia administrativa interna en el marco de las normas legales vigentes… Ver más en Art. 18, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
A la unidad encargada del control le corresponderán las siguientes funciones:
a) Realizar la auditoría |operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación;
b) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal... Ver más en el Artículo 29, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Dirección de Atención al Contribuyente
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La Dirección de Atención al Contribuyente tendrá como objeto principal otorgar y coordinar con la mayor fluidez y celeridad las respuestas y resultados a los contribuyentes en los temas relacionados con la tramitación y obtención de las patentes municipales… Véase en el Artículo 58 y 59, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización
Departamento de Comunicaciones
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El Departamento de Comunicaciones tiene como objetivo asesorar al alcalde y desarrollar estrategias en materias comunicacionales con el fin de lograr un efectivo desarrollo de las comunicaciones e informaciones entre el municipio y la comunidad. Asimismo, deberá contribuir en la generación de una imagen equilibrada de la institución y la gestión municipal, destacando sus políticas, proyectos y realizaciones, y seleccionando para ello los recursos comunicacionales más adecuados en cada caso... Ver más en los artículos 62 y 63, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Dirección de Desarrollo Comunitario
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La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene como objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo comunitario, económico, cultural y familiar mediante el impulso de diferentes formas de participación ciudadana y la promoción de una efectiva integración de todos los sectores sociales, económicos, etarios y étnicos con el fin de lograr una mejor calidad de vida y hacer efectivo el respeto de los principios básicos de los derechos humanos…Ver más en Art. 29, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
La unidad encargada del desarrollo comunitario tendrá como funciones específicas
a) Asesorar al Alcalde y, también, al concejo en la promoción del desarrollo comunitario;
b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio, y
c) Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas…Ver más en Art. 22, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Dirección de Administración y Finanzas
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La Dirección de Atención al Contribuyente tendrá como objeto principal otorgar y coordinar con la mayor fluidez y celeridad las respuestas y resultados a los contribuyentes en los temas relacionados con la tramitación y obtención de las patentes municipales…… Véase en el Artículo 58 y 59, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización
La unidad encargada de administración y finanzas tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar al Alcalde en la administración del personal de la municipalidad… Ver más en Art. 27, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Dirección de Tránsito y Transporte Público
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La Dirección de Tránsito y Transporte Público tendrá como objetivo velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan el tránsito y transporte público y por el mejoramiento de los sistemas de tránsito en la comuna… Ver más en Art. 55, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
A la unidad encargada de la función de tránsito y transporte públicos corresponderá:
a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos;
b) Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes... Ver más en el Artículo 26, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Dirección de Asesoría Jurídica
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La Dirección de Asesoría Jurídica depende directamente del Alcalde y tendrá como objetivo asesorar al Alcalde, al Concejo Municipal, al Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil y a las unidades municipales en todo lo relacionado con materias legales a fin de cumplir con el principio de legalidad al cual debe someter su acción y representar al municipio en materias contenciosas… Ver más en Art. 26, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Corresponderá a la unidad encargada de la asesoría jurídica, prestar apoyo en materias legales al Alcalde y al Concejo. Además, informará en derecho todos los asuntos legales que las distintas unidades municipales le planteen, las orientará periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias, y mantendrá al día los títulos de los bienes municipales...Ver más en Art. 28, Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Cementerio General
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El Cementerio General es un Organismo dependiente que tendrá como objetivo la prestación de servicios a la comunidad para la sepultación de restos y aquellas funciones que le encomiende el Reglamento General de Cementerios…Ver más en el Artículo 64, Decreto exento N°66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Departamento de Educación
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El Departamento de Educación tiene como objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción de la educación en la comuna, cumpliendo un rol social fundado en valores que permitan formar personas con racionamiento crítico y las competencias esenciales para enfrentar con éxito los desafíos de nuestra sociedad… Ver más en Art. 40, Decreto exento Nº66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.
Departamento de Salud
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El Departamento de Salud tiene como objetivo asesorar al Alcalde y Concejo Municipal en aquellas materias relativas al sector salud en coordinación con los planes sectoriales del Supremo Gobierno; como asimismo, llevar a cabo los programas de atención primaria para las habitantes de la comuna… Ver más en Art. 43, Decreto exento Nº66, Reglamento Interno de Estructura y Organización.